Exigencia a las EPS para entregar silla de ruedas

La Corte Constitucional, mediante Sentencia T-485/2019, establece la obligatoriedad a las EPS de entregar silla de ruedas en los siguientes casos:

  • Orden médica generada por Médico de la EPS.
  • Que no se tenga otra tecnología en el Plan de Beneficios en Salud, que permita la movilización del paciente.
  • Cuando sea evidente que, ante los problemas de salud, tal elemento y/o insumo signifique un elemento vital para atenuar los rigores que causan cualquier penosa enfermedad.
  • Que el paciente que carezca de recursos económicos.

Sentencia T-485/2019.

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