El Ministerio de Salud y Protección Social, expide la Resolución 0084 de 2021, mediante la cual se establecen disposiciones para la generación de factura electrónica del sector salud.
Adicional a las exigencias establecidas por la DIAN para la expedición de factura electrónica, se deberá incluir esta información:
- Código del prestador de servicios de salud.
- Tipo de documento de identificación del usuario.
- Número del documento de identificación del usuario.
- Primer apellido del usuario.
- Segundo apellido del usuario.
- Primer nombre del usuario.
- Segundo nombre del usuario.
- Tipo de usuario.
- Modalidades de contratación y pago.
- Cobertura o plan de beneficios.
- Número de autorización.
- Número de mi prescripción (MIPRES).
- Número de ID de suministro mi prescripción (MIPRES).
- Número de contrato.
- Número de póliza.
- Fecha de inicio.
- Fecha final.
- Cuota moderadora.
- Cuota de recuperación.
- Pagos compartidos en planes voluntarios.
El plazo para el ajuste e implementación de la exigencia es de tres (3) meses.
Resolución 0084 de 2021 Facturación Electrónica Sector Salud