El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Circular 013 de 2019, imparte directrices para la prevención, diagnóstico, manejo, control y vigilancia del VIH, coinfección TB/VIH, Sifilis gestacional y congénita, Hepatitis B y Hepatitis C. Los Prestadores de Servicios de Salud deberán implementar las siguientes acciones:
- Garantizar que el talento humano en salud esté capacitado en las acciones de prevención, diagnóstico, manejo, control y vigilancia del VIH, coinfección TB/VIH, Sifilis gestacional y congénita, Hepatitis B y Hepatitis C, basado en las guías de práctica clínica, protocolos y lineamientos vigentes.
- Desarrollar e implementar estrategias para la detección temprana y atención oportuna de VIH, coinfección TB/VIH, Sifilis gestacional y congénita, Hepatitis B y Hepatitis C.
- Solicitar el tamizaje para VIH o tamizar a las personas con diagnósticos relacionados con la infección VIH / SIDA o con diagnósticos asociados a inmunosupresión.
- Adquirir los insumos necesarios para el fortalecimiento del diagnóstico temprano del VIH, Sifilis, coinfección TB / VIH, Hepatitis B y C.
- Considerar el retiro de la Zidovudina de los esquemas de inicio de las personas con VIH mayores de 13 años, debido a la farmacoresistencia actual.
- Considerar el inicio de tratamiento en gestantes infectadas por VIH con esquemas basados en Tenofovir / Emtricitabina o Abacavir + Lamivudina.
- Entregar al paciente y al momento del alta hospitalaria, el esquema completo de profilaxis antirretroviral post exposición, de forma que cubra los 30 días de tratamiento.
- Garantizar con los insumos necesarios, para la atención del parto a gestantes con diagnóstico de VIH, Sifilis o Hepatitis B y sus recién nacidos.
- Notificar oportunamente los casos al SIVIGILA.
- Realizar estricto seguimiento a gestantes con Sifilis y Hepatitis B a fin de garantizar a estas y sus hijos las intervenciones para la prevención de la transmisión materno fetal de estos eventos.