La Circular 013 de 2016 del Ministerio de Salud y Protección Social, define lineamientos acerca del uso de métodos de anticoncepción en municipios que se encuentren ubicados por debajo de 2.200 msnm.
- El CDC de Atlanta documentó 4 casos en mujeres embarazadas con infecciones presentadas durante el primer trimestre del embarazo, 2 mujeres tuvieron fetos con microcefalia y las otras dos mujeres presentaron abortos espontáneos.
- Se insiste en la recomendación a parejas que habitan en municipios por debajo de 2.200 msnm, postergar el embarazo.
- Para dar cumplimiento a lo anterior se incluyen métodos anticonceptivos tradicionales (incluidos en el POS) así como la anticoncepción de emergencia.
- Es de obligatorio cumplimiento para las IPS:
- Disponer de una amplia gama de métodos anticonceptivos modernos.
- Dar cumplimiento a las exigencias de Talento Humano, según las exigencias definidas en la Resolución 2003 de 2014.
- Acceso oportuno a la consulta preconcepcional.
- Garantizar la capacitación del talento humano para la atención integral en anticoncepción moderna.
- Provisión efectiva de métodos anticonceptivos modernos.
- Dar cumplimiento a los lineamientos definidos por el Ministerio, con participación de los comités institucionales.