Intensificación acciones: Detección casos sospechosos de Rubéola y Sarampión

 

La Organización Mundial de la Salud – OMS, ante el aumento de casos de sarampión y rubéola, el Instituto Nacional de Salud emite Circular 021 de 2017, la cual busca la identificación precoz de casos de rubéola o sarampión.

 

Debe darse cumplimiento a las directrices establecidas en el Protocolo de Vigilancia y Control en Salud Pública de Sarampión y Rubéola, definido por el Instituto Nacional de Salud – INS.

  • Notificar al SIVIGILA de inmediato, todo caso sospechoso de Sarampión y Rubéola.
  • A Todo caso sospechoso de Sarampión y Rubéola, debe realizarse toma de muestras para el diagnóstico de laboratorio.
  • Realizar aislamiento respiratorio, hasta que el caso cumpla los primeros cinco días (en caso de sarampión) y siete días (en caso de rubéola) después de inicio de la erupción.
  • Para los viajeros, se establecen las siguientes recomendaciones:
    • La Organización Panamericana de la Salud recomienda que se aconseje a todo viajero mayor de 6 meses de edad que no pueda demostrar vacunación o inmunidad, que se le administre la vacuna contra el sarampión y la rubéola, al menos quince días antes de viajar a áreas donde se ha documentado la transmisión de sarampión.
    • Los niños que reciben la vacuna triple viral antes de cumplir el primer año de vida deben ser revacunados según el esquema de vacunación colombiano. No se recomienda la vacunación a los lactantes menores de 6 meses.
    • Aquellos viajeros que no estén vacunados contra estas enfermedades podrían estar en riesgo de contraerlas, al entrar en contacto con viajeros procedentes de países donde circulan estos virus.
    • La excepción a esta recomendación será para quienes no puedan vacunarse por indicaciones médicas.
    • Las personas que pueden considerarse inmunes al sarampión y la rubéola son aquellas que:

~ Cuentan con confirmación por laboratorio de inmunidad contra el sarampión y la rubéola (anticuerpos IgG específicos para el sarampión y la rubéola).
~ Cuentan con documentación que confirma que han recibido alguna vacuna contra el sarampión y/o la rubéola.

 

Ver Circular 021 de 2017.

 

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