Licencia de Maternidad
La Ley 1822 de 2017, redefine nuevamente la duración de la licencia de maternidad (partos normales, prematuros y múltiples), quedando de la siguiente manera:
- Embarazo normal: 18 semanas.
- Para madres de niños prematuros, podrán disfrutar de 18 semanas + (diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término). Cuando se trate de madres con parto múltiple, la licencia se ampliará por dos (2) semanas más.
- Antes de la fecha probable del parto, la madre deberá disfrutar de 1 semana o dos semanas (en este último caso deberá existir una justificación médica); en los casos de que por condición médica no pudiera tomarse la semana previa al parto, la madre disfrutará de 18 semanas en el post parto inmediato.
- El esposo o compañero permanente, tendrá licencia de paternidad remunerada por ocho (8) días hábiles.
Ver y descargar Ley 1822 de 2017.
Foto tomada de: http://mibebeyyo.com.mx/embarazo/alimentacion-embarazadas/