La Resolución 4245 de 2015, había establecido que las Radiofarmacias contaban hasta el 5 de febrero de 2019 para obtener la certificación en Buenas Práctica de Elaboración de Radiofármacos – BPER, por parte del INVIMA; con la resolución 282 de 2019 se amplía el plazo hasta el 1° de febrero del 2020.
Hasta tanto se cumple el plazo señalado, las Radiofarmacias hospitalarias y las centralizadas deberán cumplir con los numerales 5.2, 5.3, 5.6, 5.7, 5.8, 5.10, 6.1, 6.2, 6.3 y 6.5 de la Resolución 4245 de 2015.
A partir del 1° de febrero de 2020, las Radiofarmacias que no cuenten con la certificación BPER, no podrán realizar actividades relacionadas con radiofarmacia y se les aplicará las respectivas medidas sanitarias.