La Resolución 1182 de 2020 modifica la Resolución 1172 del mismo año, la cual establece el reporte de información del talento humano en salud que presta sus servicios a pacientes con diagnóstico o sospecha por COVID-19 o que realiza vigilancia epidemiológica con el objeto de determinar el reconocimiento económico temporal.
Con respecto a la Resolución de la 1172, se amplìan los servicios en los cuales aplicaría el beneficio, quedando así:
- Consulta externa general intramural o extramural domiciliaria.
- Consulta externa especializada intramural o extramural domiciliaria.
- Hospitalización general adultos intramural y extramural domiciliaria.
- Hospitalización general pediátrica intramural y extramural domiciliaria.
- Hospitalización adultos intramural y extramural domiciliaria.
- Hospitalización pediátrica intramural y extramural domiciliaria.
- Hospitalización paciente crónico con ventilador intramural y extramural domiciliaria.
- Hospitalización paciente crónico sin ventilador intramural y extramural domiciliaria.
- Atención institucional del paciente crónico.
- Atención institucional del paciente crónico con ventilador.
- Atención institucional del paciente crónico sin ventiador.
- Unidad de Cuidados Intensivos adulto o pediátrico.
- Cuidados intensivos adulto o pediátrico.
- Unidad de Cuidados intermedios adulto o pediátrico.
- Cuidados intermedios adulto o pediátrico.
- Laboratorio clínico.
- Radiología e imágenes diagnósticas.
- Imágenes diagnósticas obtenidas mediante equipos generadores de radiaciones ionizantes.
- Imágenes diagnósticas obtenidas mediante equipos generadores de radiaciones no ionizantes.
- Cirugía general.
- Toma de muestras de laboratorio clínico intramural y extramural domiciliaria.
- Transporte asistencial básico o medicalizado.
- Servicios de urgencias.
- Atención prehospitalaria.
- Fisioterapia o Terapia Física.
- Terapia respiratoria.