La Resolución 1683 de 2015, del Ministerio de Salud y Protección Social, establece la obligatoriedad del registro de Negación de Servicios y Tecnologías sin cobertura en el POS en la plataforma de intercambio de información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO:
• Aplica para Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Entidades Obligadas a Compensar (EOC).
• El reporte del mes anterior, debe ser realizado los primeros 8 días.
• La exigencia inicia a partir del mes de junio de 2015.