La Superintendencia Nacional de Salud, publica un proyecto de Resolución, por medio de la cual se pretende que los diferentes actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, deben cumplir lineamientos de supervisión basados en Riesgos (SBR), para la identificación, evaluación, medición, control, seguimiento y monitoreo de los riesgos a los que se encuentran expuestas las entidades supervisadas por este ente de vigilancia y control, para prevenir posibles impactos negativos y mejorar los resultados en salud.
Las entidades vigiladas deberán identificar y priorizar sus riesgos que pudieran presentarse durante su operación; deberán contemplarse mínimamente riesgos en:
- Riesgos de concentración y hechos catastróficos.
- Riesgos de incremento inesperado en los índices de morbilidad y en los costos de atención.
- Riesgos de cambios permanentes en las condiciones de salud o cambios tecnológicos.
- Riesgos de insuficiencia de reservas técnicas.
- Riesgo de tarifación.
- Riesgo de Liquidez.
- Riesgo de Crédito.
- Riesgo de Mercado de Capitales.
- Riesgo de Grupo.
- Riesgo de Fallas del mercado de salud.
- Riesgo de Lavado de activos y financiación del Terrorismo.
- Riesgo operacional.
- Riesgo reputacional.
Cada entidad vigilada deberá tener un ciclo general de gestión del riesgo, el cual mínimamente deberá contemplar: identificación del riesgo, evaluación y medición, estrategias para el tratamiento y el control del riesgo, seguimiento y monitoreo.