TELETRABAJO
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 884 de 2012, en el cual se pretende regular y promover el Teletrabajo como un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones.
Se imparten entre otras las siguientes directrices:
El contrato de vinculación laboral deberá contemplar todo lo definido el Código Sustantivo del Trabajo.
Deberá definirse las horas, días y horarios de trabajo.
Medidas de seguridad informática a cumplir por parte del trabajador.
Los teletrabajadores deben estar afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral.
Las Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP), deberán promover la adecuación de las normas relativas a la higiene y seguridad en el trabajo a las características propias del teletrabajo.
Cuando las actividades laborales no demanden gastos de movilidad al teletrabajador, no se tendrá que pagar auxilio de transporte.