El Ministerio de Salud y Protección Social, en conjunto con la Superintendencia Nacional de Salud y el Instituto Nacional de Salud de Colombia, expidieron la Circular 008 de 2019, donde se imparten instrucciones para la intensificación y fortalecimiento a las acciones de vigilancia, prevención, atención integral y control del dengue en Colombia.
Para los Prestadores de Servicios de Salud, se establecen como exigencias:
- Capacitación y entrenamiento al personal de protocolos y guías de práctica clínica para el manejo del Dengue.
- Participar activamente en la capacitación en cuanto a la prevención del contagio en los hogares.
- Garantizar la atención oportuna e integral, de pacientes con Dengue.
- Realizar la notificación de casos al SIVIGILA.
- Garantizar la toma y procesamiento de muestras.
- Disponer de recursos o insumos necesarios, para la atención integral de pacientes con Dengue.
- Dar cumplimiento a los Planes de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios y Similares.
- Dar respuesta inmediata a los requerimientos de entes de vigilancia y control, cuando se requiera.