Circular 018 de 2012

Ingreso Base Liquidación Aportes Parafiscales

Debido a la variedad de conceptos existentes acerca de la base para liquidar los aportes parafiscales, el Ministerio del Trabajo expide la Circular 018 de 2012, donde se aclaran y unifican los conceptos relacionados con este tema, resaltamos entre otros los siguientes apartes:

o El valor del pago de las vacaciones SI debe tenerse en cuenta para liquidar los aportes parafiscales.

oEl pago en dinero a los trabajadores de las vacaciones compensadas, SI debe tenerse en cuenta en la base para liquidar los aportes parafiscales.

o Las personas a las cuales se les paga un salario integral, los aportes realizados a los parafiscales es sobre el 70% de los ingresos.

o La bonificación cancelada a los trabajadores de forma habitual u ocasional, debe tenerse en cuenta para liquidar los aportes de parafiscales, excepto cuando se considere por la mera liberalidad del empleador atendiendo a la gratuidad o voluntariedad.

o Los viáticos cancelados de manera permanente, hacen parte del salario y por ende deben incluirse en la base para la liquidación de los aportes parafiscales.

Ver Circular 018 de 2012.

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