Circular 023 de 2017

 

Acciones para la Prevención, Manejo y Control de la Infección Respiratoria Aguda – IRA

 

El Gobierno Nacional establece medidas para la prevención, manejo y control de la Infección respiratoria Aguda – IRA. Hasta la semana epidemiológica 25 del presente año, se han presentado 216 muertes por IRA n menores de 5 años. El Ministerio de Salud expide la Circular externa 023 de 2017 la cual busca que los diferentes actores del sector salud, establezcan medidas para la prevención de la enfermedad y disminuir el número de complicaciones y muertes.

A continuación, se relacionan algunas de las directrices que deberán cumplirse por parte de los Prestadores de Servicio de Salud:

  • Garantizar el cumplimiento de estándares y criterios establecidos en la Resolución 2003 de 2014, dicho cumplimiento deberá formalizarse a través de la realización de la autoevaluación mensual.
  • Incluir dentro del modelo de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud las acciones preventivas, coyunturales y de seguimiento referentes a la IRA.
  • Garantizar el acceso oportuno a los servicios de salud, a pacientes con sintomatología de IRA.
  • Fortalecer el trabajo articulado entre IPS, EAPB y entes territoriales de salud.
  • Dar cumplimiento al sistema de clasificación, según directrices establecidas en la Resolución 5596 de 2015.
  • Ofrecer y canalizar a servicios de protección específica y detección temprana a sus usuarios, dando prioridad a la atención prenatal y de crecimiento y desarrollo.
  • Reorganizar los servicios para la implementación de salas ERA adicionales, para la atención de episodios bronco obstructivos para niños entre los 2 meses y los 5 años.
  • Asegurar una atención sin barreras.
  • Dar cumplimiento a los protocolos institucionales, en cuanto a las salas ERA.
  • Suministrar el antiviral OSELTAMIVIR, en los siguientes casos:
  • IRA grave.
  • Niños menores de 2 años y adultos mayores de 65 años, con sospecha de influenza.
  • IRA de tipo viral compatible con influenza en pacientes con: enfermedad pulmonar crónica (incluyendo asma), enfermedad cardiovascular (excepto el asma), enfermedad renal, enfermedad hematológica, desordenes metabólicos, retraso mental, entre otros.
  • Pacientes con inmunosupresión.
  • Mujeres en embarazo y post parto.
  • Personas menores de 19 años, con tratamientos prolongados con aspirina.
  • Pacientes con obesidad mórbida.
  • Personas residentes en hogares de cuidado.
  • Socializar al personal de la institución, protocolos y guías de práctica clínica, relacionados con el manejo de la IRA.
  • Realizar auditorías internas para evaluar el cumplimiento de protocolos y guías de práctica clínica para la atención de pacientes con IRA.
  • Realizar los reportes respectivos al SIVIGILA.
  • Garantizar la correcta recolección de muestras de laboratorio.
  • Realizar necropsia en todos los casos de muerte por IRA en menores de 5 años o IRA grave inusitado.

Ver texto completo Circular 023 de 2017

 

Foto tomada de: http://www.doctuo.com.mx

 

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