Cifras_Estadísticas Sustancias Modelantes

Decreto 0545 de 2024. Comercialización y/o aplicación de sustancias modelantes invasivas e inyectables permitidas y prohibidas en Colombia.

El Ministerio de Salud y Protección Social, emite el Decreto 0545 de 2924, mediante el cual se imparten directrices con respecto a la comercialización y/o aplicación de sustancias modelantes invasivas e inyectables permitidas y prohibidas en Colombia.

Será aplicable a:  personas naturales o jurídicas que realicen transacciones primarias, secundarias o finales, con sustancias modelantes permitidas, en el territorio nacional; así como a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficio -EAPB, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, prestadores de servicios de salud independientes, las secretarías de salud departamentales, distritales o municipales, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA y la Superintendencia Nacional de Salud.

Define tipos de transacciones que pueden presentarse en la comercialización de este tipo de sustancias:

  • Transacción primaria: Etapa del mecanismo informático del registro de control de ventas que corresponde a: i) la primera venta en Colombia de una sustancia modelante permitida objeto de reporte por parte de quien fabrica o importa a otro actor de la cadena o ii) a la primera compra en el territorio nacional colombiano de una sustancia modelante permitida objeto de reporte, realizada al actor que lo fabrica o lo importa.
  • Transacción secundaria: Etapa del mecanismo informático del registro de control de ventas que a aquella en la que se hace venta por actores que no fabrican o importan la sustancia modelante permitida. No comprende el suministro final o inyección de la sustancia modelante permitida.
  • Transacción final: Etapa del mecanismo informático del registro de control de ventas que corresponde al suministro final o inyección de la sustancia modelante permitida realizada por un prestador de servicios de salud a una persona.

Quien efectúe una transacción primaria, secundaria o final sobre cualquier sustancia modelante, deberá suministrar mínimamente la siguiente información:

  • Nombre o razón social de quién efectúa la transacción.
  • Tipo de documento de identificaciòn de quién efectúa la transacción.
  • Número de documento de identificaciòn de quién efectúa la transacción.
  • Correo electrónico de quien efectúa la transacción.
  • Rol del actor que reporta frente a la operación del reporte.
  • Tipo de transacción (primaria, secundaria o final).
  • Código de habilitación de quien suministra o inyecta la sustancia modelante (aplica para transacción final).
  • Registro sanitario de la sustancia modelante.
  • Sustancia (principio activo).
  • Indicación (de uso aprobado por el INVIMA).
  • Presentación comercial.
  • Nombre o razón social de la persona natural o jurídica a quién adquiere la sustancia modelante (aplica a la transacción secundaria o final).
  • Tipo de documento de identificación de la persona natural o jurídica a quién adquiere la sustancia modelante (aplica a la transacción secundaria o final).
  • Número de documento de identificación de la persona natural o jurídica a quién adquiere la sustancia modelante (aplica a la transacción secundaria o final).
  • Nombre de la persona natural o jurídica a quién se le vende la sustancia modelante (aplica para transacción primaria o secundaria)
  • Tipo de documento de identificación de la persona natural o jurídica a quién se le vende (aplica para transacción primaria o secundaria)
  • Número de documento de identidad de la persona natural o jurídica a quién se le adquiere la sustancia modelante (aplica para transacción primaria o secundaria)
  • Nombre de la persona natural a quién se le aplica o inyecta la sustancia modelante; aplica para transacción final. Para cumplir con esta obligación, se deberá solicitar autorización de tratamiento de datos personales a la luz de lo establecido en la Ley 1581 de 2012 o de aquella que la modifique, derogue o sustituya.
  • Tipo de documento de identificación de la persona natural a quién se le aplica o inyecta la sustancia modelante; aplica para transacción final.
  • Número de documento de identidad de la persona natural a quién se le aplica o inyecta la sustancia modelante; aplica para transacción final.
  • Cantidad vendida (por presentación comercial). Aplica para la transacción primaria y secundaria
  • Cantidad aplicada; aplica para transacción final.
  • Unidad de medida de la cantidad aplicada; aplica para transacción final.
  • Sitio anatómico en la cual se aplicó o se inyectó la sustancia modelante.
  • Número de factura.
  • Lugar de la transacción.
  • Fecha de la transacción.

El reporte de la información, deberá realizarse así:

  • Transacciones realizadas entre el 1 y el 15 del mes, la fecha máxima del reporte será máximo hasta el día 25 del mismo.
  • Transacciones realizadas entre el 16 y el último día del mes, la fecha máxima del reporte será máximo hasta el día 10 del mes siguiente.

Decreto 0545 de 2024

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