El Ministerio de la Protección Social, reglamentó mediante el Decreto 3136 de 2011, que las Cajas de Compensación Familiar que administren los recursos correspondientes al recaudo del subsidio familiar destinados al Régimen de subsidios en salud, informarán sobre su recaudo al Fosyga, a más tardar el tercer día hábil siguiente a la fecha limite mensual establecida en las normas para el giro de los aportes del subsidio familiar por parte de los empleadores. Ver Decreto 3136 de 2011