Guía para la habilitación Servicios Oncológicos Nuevos

 

El Ministerio de Salud y Protección Social, desarrolló la Guía para la habilitación de servicios oncológicos nuevos, los cuales requieren visita previa según la Resolución 2003 de 2014.

 

Los pasos a seguir son los siguientes:

  •  Identificar en el REPS los servicios que se habilitarán, modalidad, nivel de complejidad entre otros.
  • Realizar autoevaluación del cumplimiento de la Resolución 2003 de 2014.
  • Diligenciar formulario de registro de apertura de servicios.
  • Imprimir formulario y radicar ante la Secretaría Departamental o Distrital de Salud.

La responsabilidad de habilitar los nuevos servicios oncológicos será del Ministerio de Salud y Protección Social.

 

Ver guia para la habilitación de servicios oncológicos nuevos.

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