A continuación le compartimos concepto del Ministerio de Salud y Protección Social, acerca de la forma como deben habilitarse varios servicios del grupo de consulta externa, cuando las especialidades no se encuentran codificadas en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud – REPS, teniendo en cuenta que el solo se cuenta con un solo código para la habilitación del servicio: 356- Otras Consultas de Especialidad.