La custodia de la historia clínica de un paciente, debe conservarse por un tiempo mínimo de veinte (20) años, así lo establece la Resolución 1995 de 1999; qué hacer si un Prestador de Servicios de Salud se liquida, la entidad se disuelve o si el profesional independiente realiza el cierre del consultorio, acá describimos cada una de las actividades que deben seguirse: