El periódico el Colombiano, publica en su diario del día 30 de octubre de 2011, la forma como el Sistema de Salud Colombiano, está siendo golpeado financieramente a través de fallos de tutela insólitos e inexplicables dados por jueces pocos expertos en el tema (apreciación dada por Actualisalud y no por el Periódico el Colombiano); entre los cuales se mencionan:
En Medellín, una mujer que invocó el derecho a la dignidad humana y a la libertad de expresión, esperaba que la EPS le practicara el cambio de sexo.
Y una madre, argumentando que su hija de 15 años se sentía inferior frente a las compañeras de estudio por el escaso desarrollo físico, exigió mediante acción de tutela una mamoplastia. Pese a que los médicos que conocieron el caso no recomendaban la intervención, el juez ordenó a la EPS practicarla. La negativa de los cirujanos plásticos de Medellín a hacer la operación, por ir en contra de la ética médica, llevaron al juez, en el fallo de desacato, a sugerirle a la muchacha que espere a los 18 años para que la EPS le realice la operación estética.
En Montería, por ejemplo, un paciente que requería lentes, tuteló a la EPS porque la montura suministrada no cumplía con las condiciones ergonómicas que le favorecían y en la demanda exigió una montura Puma de 800.000 pesos.
La Corte Constitucional en la Sentencia T 760 de 2008, manifestó que el transporte y el hospedaje no son servicios de salud, sin embargo, se argumenta que son necesarios para garantizar la práctica del servicio de salud; durante los años 2009 y 2010, se han presentado 3.044 y 5.204 casos respectivamente por este motivo.
Actualisalud considera que los fallos de tutela que invocan el Derecho a la Salud, solo deberían ser fallados por jueces que tengan entre su educación la profesión médica o estar asesorados por un comité en donde varios de sus integrantes sean médicos.
Documento elaborado por:
John Jairo Granda Arcila (Médico especialista en Auditoría en Salud)
Tomado de: www.elcolombiano.com