Ley 1949 de 2019 – Se amplían facultades de Vigilancia y Control a Supersalud

El Presidente Duque, sancionó la Ley 1949 de 2019, mediante la cual se amplía facultades de inspección, vigilancia y control a la Superintendencia Nacional de Salud.

La Supersalud podrá imponer multas hasta 8.000 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV) a entidades bajo su control, y hasta por 2.000 SMLMV para las personas naturales; las sanciones podrán ser impuestas a EPS, IPS, Hospitales, las secretarías de salud municipales, departamentales­ y distritales, y todas las entidades y empresas que generan recursos para el Sistema General de Salud, como por ejemplo las loterías.

La Supersalud podrá imponer sanciones a los representantes legales de las entidades públicas y privadas, directores o secretarios de salud o quienes hagan sus veces, jefes de presupuesto, los revisores fiscales, tesoreros y demás funcionarios responsables de la administración y manejo de los recursos del sector salud en las entidades territoriales, funcionarios y empleados del sector público y particulares que cumplan funciones públicas de forma permanente o transitoria.

También se amplía a 5 años la facultad para imponer sanciones por parte de la Supersalud, con lo que se evita que un hecho prescriba sin que la entidad haya podido completar el proceso administrativo.

Ley 1949 de 2019.

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