Proyecto Resolución: Sistema de Información de Prestaciones Económicas – SIPE

El Ministerio de Salud y Protección Social da conocer proyecto de Resolución mediante el cual se implementa el Sistema de Información de Prestaciones Económicas – SIPE.

Damos a conocer algunos observaciones importantes:

  • El SIPE contará con 4 módulos: incapacidades, licencias de maternidad y paternidad, otras licencias (protección a la niñez, aborto, interrupción voluntaria del embarazo o parto prematuro no viable), otros pagos.
  • Los prestadores de servicios de salud, a través de las áreas de talento humano, realizará la inscripción de los médicos y odontólogos, autorizados para la expedición de incapacidades.
  • Son consideradas incapacidades de origen común:
    • Accidente en el hogar.
    • Accidente de tránsito de origen común.
    • Accidente en el entorno educativo.
    • Lesión por agresión.
    • Lesión autoinfligida.
    • Sospecha de violencia física.
    • Sospecha de violencia psicológica.
    • Sospecha de violencia sexual.
    • Sospecha de negligencia por abandono.
    • IVE relacionada con peligro para la vida o salud de la mujer.
    • IVE por malformación congénita.
    • IVE por violencia sexual.
    • Evento adverso en salud.
    • Enfermedad general.
    • Promoción y mantenimiento de la salud.
    • Atención de población materno perinatal.
    • Riesgo de origen ambiental.
    • Accidente de mina antipersonal – MAP.
    • Accidente de artefacto explosivo improvisado – AEI.
    • Accidente de munición sin explotar.
    • Otra víctima de conflicto armado.
    • Otros eventos catastróficos.
  • Son consideradas incapacidades de origen laboral:
    • Accidente de trabajo.
    • Accidente de tránsito de origen laboral.
    • Enfermedad laboral Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Se puede anular una incapacidad solamente para corregir yerros en la información inicialmente registrada en el sistema y contenida en el certificado de incapacidad, siempre y cuando no exista registro de pago asociado y no haya trascurrido el plazo definido por normatividad vigente.
  • Cuando se genera la anulación de una incapacidad por inconsistencia en alguno de los datos, el sistema permitirá́ expedir nuevamente la incapacidad una vez indicado el campo o los campos inconsistentes y la causa por la cual se anula. El sistema internamente asocia la incapacidad anulada con la incapacidad que se reexpide.
  • El SIPE podrá general las siguientes consultas y estadísticas>
    • Consulta de incapacidades por afiliado.
    • Consulta de incapacidades que registran prórroga.
    • Consulta de incapacidades por entidad.
    • Consulta de incapacidades anuladas por afiliado.
    • Consulta de incapacidades pagadas.
    • Consulta de incapacidades no pagadas.
    • Consulta de incapacidades por diagnóstico.
    • Consulta de incapacidades por tipo de incapacidad.
    • Entre otros.
  • El sistema SIPE arrojará las siguientes notificaciones:
    • Cuando se registre una nueva incapacidad.
    • Cuando se anula una incapacidad.
    • Cuando se detecten incapacidades con prórrogas superiores a 90 días y no haya registro de concepto de rehabilitación.
    • Cuando se registre el pago de una incapacidad.
    • Cuando se detecten errores de validación en el envío masivo de registros de pago.
  • Las personas naturales podrán consultar la información de las incapacidades asociadas a ella misma en el último año. Los empleadores pueden realizar la consulta de incapacidades registradas para los empleados asociados con una relación laboral en el Sistema de Afiliación Transaccional SAT en su empresa, las incapacidades que puede visualizar el empleador serán aquellas de origen común y laboral de sus empleados. Para el caso de los empleadores, a través del mismo portal miseguridadsocial.gov.co

Proyecto Resolución Sistema Información Prestaciones Económicas

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