Regulación de la Medicina Plástica, Estética y Reconstructiva.

 

En el Congreso de la República de Colombia, actualmente se está tramitando un proyecto de Ley, donde se pretende regular la Medicina Plástica, Estética y Reconstructiva. Según la normativa, estos procedimientos y actividades solamente podrán ser realizados por Médicos Especialistas en Cirugía   Plástica, Estética   y Reconstructiva.

 

Importante:

  • Cada tres (3) años los médicos deberán presentar una prueba para acreditar su competencia y mantener vigente su inscripción en el Registro Único de la Profesión Médica.
  • El Especialista deberá registrarse ante el Servicio Seccional de Salud, donde se ejercerá la especialidad.
  • Profesionales que hayan realizado estudios de pregrado o especialidad por fuera del país, deberán presentar y aprobar un examen, el cual será responsabilidad del Ministerio de Educación Nacional.
  • La totalidad de medicamentos, dispositivos médicos e insumo utilizados en los procedimientos, deberán contar con Registro INVIMA; las indicaciones de los mismos deberán estar acorde con los usos establecidos en el Registro INVIMA.
  • Los profesionales e IPS donde se realicen procedimientos de medicina plástica, estética y reconstructiva, deberán contar con certificado de habilitación (lo anterior quiere decir que para prestar este tipo de servicios, deberán ser verificados por la Secretaria seccional o Distrital de Salud y cumplir con la totalidad de los requisitos de habilitación).
  • Personas que no den cumplimiento a las directrices establecidas, podrán ser sancionadas por los Comités de Ética Médica.

Una corta reflexión: qué pasará y cómo se regularán los procedimientos de medicina estética que no son realizados en quirófano sino en sala de procedimientos menores? Quién estará facultado para la realización de dichos procedimientos?, quién regulará los SPA y Centros de Cosmetología que realizan procedimientos que no son de la competencia de su personal (cosmetólogos) y que a diestra y siniestra promocionan servicios que son de Medicina Estética? En la actualidad también existen médicos generales con formación y que realizan responsablemente procedimientos de Medicina Estética (en sala de procedimientos menores), que bajo ninguna circunstancia son considerados quirúrgicos y que cumplen con la normativa de habilitación actual (Resolución 2003 de 2014), los podrán seguir realizando?.

Ver Proyecto de Ley

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