Reportes a entes de Vigilancia y Control – Próximos vencimientos (Enero y Febrero de 2017)

 

Cambios normativos importantes se presentaron durante el año 2016, relacionados con el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad de la Atención en Salud – SOGC, y cuyos reportes a Entidades de Vigilancia y Control, están próximos a vencerse; a continuación realizamos un resumen que servirá de base a los Prestadores de Servicios de Salud (particularmente a IPS):

  • Reporte  través de la Plataforma SISPRO, de los indicadores definidos en la Resolución 0256 de 2016 (Efectividad, Seguridad, Experiencia de la atención), del Ministerio de Salud y Protección Social; debe reportarse semestre de 2016, fecha máxima de cumplimiento 30 de enero de 2017.
  • La Circular 012 de 2016, de La Superintendencia Nacional de Salud, establece directrices acerca del Sistema de Información para la Calidad y PAMEC; con la expedición de dicha Circular  se eliminaron archivos para reporte de Indicadores de Calidad previamente establecidos en la Circular Única y sus modificatorias al igual que eliminación de textos y/o capítulos:

•    Se eliminó el Capítulo IV, Indicadores de Alerta Temprana, exigencia establecida para las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios.
•    Se eliminó el Archivo tipo 032, Indicadores de Calidad, para EPS, Entidades Adaptadas, Empresas de Medicina Prepagada, Regímenes de Excepción y Especiales.
•    Se eliminó el Archivo tipo 120, archivo de Indicadores de Alerta Temprana, para EPS, Entidades Adaptadas, Empresas de Medicina Prepagada, Regímenes de Excepción y Especiales, Servicio de Ambulancia Prepagada.
•    Se eliminó el Archivo tipo 121, archivo de Planes de Mejoramiento.
•    Se eliminaron los Archivos Tipo 062 Indicadores y Tipo 071, Indicadores de Calidad, para Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud.

 

Igualmente la Circular 012 de 2016, de la Supersalud, establece exigencias para el reporte de información con respecto a la Formulación, Seguimiento y Evaluación del PAMEC. Dicho reporte debe realizarse a través de la plataforma SISPRO, a más tardar el día 28 de Febrero de 2017; las IPS deberán tener disponible la siguiente información para poder realizar un reporte satisfactorio:

•    Fecha propuesta para iniciar las acciones de mejoramiento.
•    Fecha propuesta para finalizar las acciones de mejoramiento.
•    Número de acciones de mejoramiento programadas en el período.
•    Número de acciones de mejoramiento ejecutadas en el período.
•    Número de auditorías internas programadas al PAMEC.
•    Número de auditorías internas ejecutadas al PAMEC.
•    Número de documentos soportes, que evidencien aprendizaje organizacional.
•    Listado de procedimientos estandarizados.
•    Datos Responsable – Líder de Calidad.

  • Reporte información Indicadores de Calidad – Financiera – Otros, en cumplimiento de la Circular Única y Modificatorias, correspondientes al segundo semestre de 2016, con fecha máxima para el envío a través de la plataforma de reportes de la Supersalud del 25 de Febrero de 2017.

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