La Resolución 3539 de 2019 del Ministerio de Salud y Protección, establece el instrumento para que las entidades responsables del aseguramiento de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, reporten los servicios y tecnologías prescritas por el médico tratante pero que sean negados.
Igualmente, en el artículo 9° de la misma normativa, se hace una modificatoria a la Resolución 0256 de 2016, donde se establece la obligatoriedad para que los reportes de calidad, se realicen con una periodicidad trimestral, dentro de los treinta (30) días siguientes a la terminación del trimestre.
Resolución 3539 de 2019 Modifica R0256 de 2016 indicadores calidad