Nuevas exigencias para Bancos de Sangre.
El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 3212 de 2018, modifica el Manual de Normas Técnicas, Administrativas y de Procedimientos para Bancos de Sangre, el cual se adoptó en la Resolución 901 de 1996.
Se redefinen factores de riesgo y como criterios para diferir la donación de sangre:
- Personas diagnosticadas con infección por: VIH, HTLV I/II, Hepatitis B y C, Enfermedad de Chagas, Sífilis, Malaria, y otras infecciones potencialmente transmisibles por transfusión.
- Enfermos con discrasias sanguíneas.
- Receptores de hemocomponentes o hemoderivados en los últimos doce meses.
- Víctimas de acceso carnal violento o abusivo, en los últimos doce meses.
- Personas que hayan tenido exposiciones de riesgo biológico.
- Personas que se hayan inyectado drogas de uso recreativo, en los últimos 12 meses.
- Haber tenido relaciones sexuales, con más de 2 parejas diferentes, en el último año.
- Haber cambiado de pareja sexual, en los últimos 6 meses.
Igualmente, en dicha normativa, se definen criterios de autoexclusión para donantes de sangre y criterios de variaciones técnicas de la norma para casos de emergencia desastre o calamidad pública.