El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 051 de 2022, adopta la regulación única para la atención integral en salud frente a la interrupción voluntaria del embarazo – IVE.
Resaltamos algunos apartes importantes:
- Causales de terminación del embarazo después de la vigésima cuarta semana de gestación:
- El riesgo para la vida o la salud física, mental o social de la mujer o persona gestante con la continuación del embarazo, certificado por un médico o profesional de la psicología.
- La existencia de una grave malformación del feto que implique que este probablemente no vivirá, certificado por un profesional de la medicina que determine esa condición.
- Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas o de incesto denunciada. Si el hecho no ha sido denunciado, el profesional de salud que realiza la atención o el personal que designe el prestador deberá dar aviso del hecho a las autoridades competentes.
- El plazo máximo para realizar el procedimiento de IVE, no podrá ser superior a 5 días calendarios contados a partir de la manifestación por parte de la gestante.
- El procedimiento de IVE estará exentos de copagos y cuotas moderadoras.
- La objeción de conciencia podrá ser realizada por el profesional encargado de realizar el procedimiento, nunca por personas jurídicas.