El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante Resolución 2389 de 2019, se fijan las condiciones generales para la operación del Sistema de Riesgos Laborales en el Sistema de Afiliación Transaccional -SAT, el cual se implementará de manera gradual a partir del 5 de febrero del 2020 y se podrán realizar las siguientes novedades:
- Afiliación del empleador a una ARL.
- Administración de sedes (creación, actualización, inactivación).
- Administración de centros de trabajo.
- Traslado de ARL.
- Variación del centro de trabajo.
- Retracto de la solicitud de traslado de ARL.
- Reclasificación del riesgo de un centro de trabajo.
- Inicio de una relación laboral o práctica formativa.
- Vacaciones.
- Licencia de maternidad.
- Licencia de paternidad.
- Suspensión temporal del contrato de trabajo o práctica formativa.
- Licencia remunerada.
- Licencia no remunerada.
- Incapacidades por accidente de trabajo o enfermedad laboral.
- Comisión de servicios no remunerada por el empleador.
- Modificación del ingreso base de cotización.
- Retiro definitivo de la empresa al SGRL.
- Retiro por muerte del trabajador o estudiante en práctica formativa.