El Ministerio de Salud y Protección Social, dio a conocer un proyecto de resolución, con el nuevo listado de tecnologías en salud, que serán excluidos de la financiación con recursos públicos asignados a la salud, en cumplimiento de la Ley 1751 de 2015 y la Resolución 330 de 2017.
Entre las exclusiones se encuentran entre otros:
- Procedimientos con fines estéticos: blefaroplastia, cosméticos faciales en todas las formas, gluteoplastia, mamoplastia de aumento, pexia mamaria, liposucción, rinoplastia, ritidectomía de párpados.
- Colegios e instituciones educativas.
- Cosméticos faciales en todas las formas.
- Edulcorantes.
- Estrategias lúdicas y recreativas.
- Gel antibacterial.
- Hogares Geriátricos.
- Material educativo.
- Loción hidratante.
- Terapias que no hacen parte del enfoque terapéutico ABA: intervenciones con agentes quelantes, terapia con cámaras hiperbáricas, terapia libre de gluten, terapia celular, inyecciones de secretina, suplementos vitamínicos, estimulación magnética transcraneal, trabajo con animales (perros, delfines, etc.), aromaterapia.
- Toallas higiénicas, pañitos húmedos, papel higiénico y otros insumos de aseo.
Foto tomada de: http://www.tynmagazine.com/
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