El Ministerio de Salud y Protección Social da a conocer proyecto de Resolución mediante la cual se actualizaría la normativa actual relacionada con el Manual de Buenas Prácticas de Esterilización.
Compartimos algunos apartes, que consideramos de interés:
- Las Central de reprocesamiento estarán a cargo de Prestadores de Servicios de Salud (PSS) y Operadores externos de esterilización (OEE).
- Los Prestadores de Servicios de Salud, exentos de contar con una central de reprocesamiento de dispositivos médicos son:
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- Servicios de cirugía oral y procedimientos realizados en consultorio o salas de procedimientos.
- IPS con servicios exclusivos del grupo de consulta externa de baja y mediana complejidad y/o servicio de radiología odontológica.
- Profesionales independientes.
- Instituciones educativas con programas de formación académica en salud, que requieran del reprocesamiento de dispositivos médicos.
- Salas de procedimientos endoscópicos.
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- Los PSS deberán visualizar el que cuenten con central reprocesamiento de DMER en los siguientes procesos:
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- Mapa de proceso.
- Mapa de riesgos.
- Plan estratégico.
- Plan de educación.
- Plan de infraestructura.
- Plan de renovación tecnológica.
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- Los PSS que no cuentan con central de reprocesamiento de DMER, pero que realizan el proceso de esterilización, deben incluirlo en alguno de los procesos enunciados en el párrafo anterior.
- Se establecen exigencias para talento humano: perfil, formación, competencias, suficiencia de recurso humano.
- Se establecen exigencias relacionadas con la infraestructura, equipos, validación del proceso, control de calidad, entre otros.
Proyecto Resolución Manual Buenas Prácticas Reprocesamiento Dispositivos