Aspectos generales contrato especial de práctica formativo – Resolución 1052 de 2020

El Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 1052 de 2020, establece directrices relacionados con el contrato de práctica formativa, la afiliación a la seguridad social de los residentes y el apoyo de sostenimiento mensual.

El contrato especial para la práctica formativa de residentes, deberá cumplir con lo siguiente:

  • Identificación del Prestador de Servicios de Salud.
  • Identificación de la Institución de Educación Superior.
  • Identificación del profesional de la medicina que cursa el programa de especialización médico quirúrgica.
  • Identificación del programa de educación superior.
  • Identificación de cada uno de los escenarios de práctica.
  • Duración del contrato.
  • Garantías de protección, seguridad y bienestar del residente durante la emergencia sanitaria por COVID-19.
  • Monto del apoyo de sostenimiento educativo, el cual no podrá ser inferior a 3 salarios mínimos mensuales vigentes.
  • Causales de suspensión y terminación del contrato.
  • Jornada máxima para el desarrollo de prácticas formativas.
  • Plan de trabajo o de práctica.
  • Derechos y deberes de los residentes.

El contrato especial de prácticas formativas, podrá suspenderse en los siguientes casos:

  • Licencia de maternidad.
  • Licencia de paternidad.
  • Incapacidades que afecten el cumplimiento del programa académico.
  • Cancelación del período académico por parte del residente.
  • Aplazamiento del programa de educación superior, autorizado por la Institución de Educación Superior.
  • Sanción disciplinaria.
  • Rendimiento académico que implique suspensión del programa académico.

Resolución 1052 de 2020 Contrato especial práctica formativa

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