La Circular 064 de 2020 imparte directrices para la prevención de problemas y trastornos mentales durante la pandemia por COVID-19.
- El trabajo en casa no debe superar las 8 horas diarias – 48 horas a la semana, las horas extras no podrán exceder 2 horas diarias – 10 horas semanales.
- Debe garantizarse la desconexión laboral digital, respetando por parte del empleador los días y horarios de trabajo.
- Debe promoverse por parte del empleador la realización de pautas activas.
- La jornada de trabajo deberá distribuirse por lo menos en dos secciones.
- Los correos electrónicos y mensajes por WhatsApp serán atendidos por el trabajador, de manera prioritaria durante la jornada de trabajo; deberá respetarse los espacios de trabajo a los cuales tiene derecho el trabajador.
- No aplicar de manera presencial la batería de riesgo psicosocial, una vez superada la emergencia sanitaria por COVID-19.
Se imparten además claras directrices para los trabajadores:
- Participar en las capacitaciones programadas por la empresa y/o la ARL.
- Cuidar su salud.
- Brindar información clara, veraz y completa de su estado de salud.
- Colaborar para mantener un entorno organizacional favorable.
- Informar situaciones que pongan el riesgo su entorno.
Circular 064 de 2020 Prevención Riesgo Psicosocial en Pandemia COVID-19