El Ministerio de Salud y Protección Social publica la Resolución 214 de 2022, mediante la cual se imparten directrices que deben cumplir los dispositivos médicos sobre medida bucal.
La prescripción de dichos dispositivos, deben realizarla profesionales en odontología y deberá incluir:
- Nombre del prestador.
- Dirección.
- Teléfono.
- Lugar de prescripción.
- Fecha de prescripción.
- Nombre del paciente.
- Documento de identificación.
- Nombre del dispositivo médico con las respectivas características.
- Indicaciones de uso.
- Vigencia de la prescripción. Tiempo máximo de prescripción seis (6) meses.
- Firma de odontólogo tratante.
Los establecimientos que raparan o fabrican dispositivos sobre medida bucal, deberán inscribirte ante el INVIMA, la cual debe realizarse en los tres (3) meses siguientes a la publicación de la presente Resolución.
Una vez se tenga la inscripción ante el INVIMA, se deberá solicitar autorización de apertura y funcionamiento ante el INVIMA, quien verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos, dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición de ducha Resolución.
Resolución 214 de 2022 DIspositivos Médicos Sobre Medida Cavidad Bucal