Sismo Resistencia para Instituciones de Salud – Vence plazo

 

Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS, dependiendo de los servicios que tengan habilitados, son clasificadas según el grupo de uso establecido en el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente – NSR 10, como edificaciones indispensables (Grupo IV); las edificaciones clasificadas dentro del Grupo IV, son aquellas de atención a la comunidad que deben funcionar durante y después de un sismo, y cuya operación no puede ser trasladada rápidamente a un lugar alterno.

 

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