Las Entidades Departamentales y Distritales de Salud, son responsable de elaborar y ejecutar un plan de visitas, para verificar que los prestadores de servicios de salud cumplan con las condiciones tecnológicas y científicas, técnico administrativas y de suficiencia patrimonial y financiera de habilitación, que les son exigibles.
Luego de realizada la visita de verificación del cumplimiento de todas las condiciones de habilitación, que le sean aplicables a los prestadores de servicios de salud, el ente territorial o distrital de salud, tendrá un plazo de quince (15) días hábiles, para expedir el certificado cuando se dé cumplimiento a la totalidad de las exigencias; así lo establece el Decreto 780 de 2016.
Lo que no se encuentra claramente establecido, es la vigencia del certificado de cumplimiento de las condiciones de habilitación. A continuación, compartimos concepto emitido por el Ministerio de Salud al respecto.
Vigencia certificado cumplimiento condiciones de habilitación