Autorización de servicios no POS en situaciones de urgencia
La Circular 019 de 2012 del Ministerio de Salud y la Protección Social, recuerda y aclara el procedimiento para al autorización de medicamentos, dispositivos, insumos y servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud (POS) cuando se trata de situaciones de urgencias.
Para estos casos el suministro de servicios no POS no puede estar supeditado a la autorización del Comité Técnico Científico o Junta Técnico – científica de pares, sin embargo, es obligación del médico tratante presentar el caso en el Comité Técnico Científico en cualquiera de las dos sesiones posteriores a la ocurrencia del hecho.