El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 0229 de 2020, actualiza la carta de Derechos y Deberes de los Afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud, los cuales deberán ser conocidos en el momento de su afiliación en forma impresa o magnética cuando se tenga autorización expresa de esta última.
Los derechos han sido agrupados de la siguiente forma:
- Atención médica accesible, idónea, de calidad y eficaz.
- Protección a la dignidad humana.
- Información.
- A la autodeterminación, consentimiento y libre escogencia.
- A la confidencialidad.
- A la asistencia religiosa.
Igualmente, en la normativa, se recuerda exigencias previamente establecidas como:
- Contar con oficinas de atención al usuario, canales presenciales, no presenciales o virtuales, a los cuales pueda acudir el usuario en búsqueda de la información.
- Contar con servicios administrativos de contactos disponibles, las 24 horas del día, 7 días a la semana, pudiesen ser: página web, número telefónico, fax, correo electrónico u otro medio tecnológico que facilite la comunicación.
- Información de que la persona tiene derecho a las diferentes tecnologías en salud, exceptuando las que estén explícitamente excluidas
- Información al usuario sobre la posibilidad de acudir a la Superintendencia Nacional de Salud, cuando se presenten conflictos relacionados con la cobertura del plan de beneficios.
- Información de mecanismos de participación ciudadana.
Se presenta un capítulo, relacionado con el derecho fundamental a morir dignamente.
MUY BUENOS DIAS . DESDE MI PUESTO DE TRABAJO, DEBO CON MUCHAS FRECUENCIAS SOCIALIZAR CARTA DE DERECHOS Y TRABAJO A LOS USUARIOS. ME GUSTARIA OBTENER DIAPOSITIVAS MAS COMPLETAS SOBRE EL TEM ESPECIALMENTE LOS DE LA RESOLUCION 229 DE FEBRERO 2020.