El Ministerio de Salud y Protección Social, desarrolló la Guía para la habilitación de servicios oncológicos nuevos, los cuales requieren visita previa según la Resolución 2003 de 2014.
Los pasos a seguir son los siguientes:
- Identificar en el REPS los servicios que se habilitarán, modalidad, nivel de complejidad entre otros.
- Realizar autoevaluación del cumplimiento de la Resolución 2003 de 2014.
- Diligenciar formulario de registro de apertura de servicios.
- Imprimir formulario y radicar ante la Secretaría Departamental o Distrital de Salud.
La responsabilidad de habilitar los nuevos servicios oncológicos será del Ministerio de Salud y Protección Social.
Ver guia para la habilitación de servicios oncológicos nuevos.