Se radicó en el Congreso de la República de Colombia, un Proyecto de Ley para garantizar el pleno derecho a la Salud Mental de los Colombianos, el cual incluiría varias actividades en el Plan Obligatorio de Salud de los regímenes contributivo y subsidiado.
Contemplaría los siguientes aspectos:
Promoción de la Salud Mental y prevención de la enfermedad mental en el ámbito laboral.
Atención integral e integrada en Salud Mental: Diseño y elaboración de guías de manejo clínico (para dar cumplimiento a la garantía en Salud Mental), integración familiar – social – laboral – educativa.
Cuando exista internación mayor a treinta (30) días, el caso debe ser evaluado por un grupo de médicos tratantes.
Disposición por parte de las EPS y entes territoriales, de una red integral de prestación de servicios en Salud Mental.
Las modalidades de servicios incluidos para la atención integral en Salud Mental son: atención prehospitalaria, urgencias en Siquiatría, Unidad de Salud Mental, Hospital de día para niñas, niños y adolescentes, hospital de día para adultos, Centro de Atención en Drogadicción, Centro de Salud Mental Comunitario, Grupos de apoyo, atención ambulatoria, atención domiciliaria, rehabilitación basada en comunidad.
El equipo propuesto para realizar la atención del paciente incluye: Siquiatría, Sicología, Trabajo Social, Terapia Ocupacional, Enfermería, Médico General, entre otros.
Protección y prevención del tal talento humano que trabaja en Salud Mental.
La CRES, deberá incluir la Psicoterapia individual superior a 30 días, siempre y cuando exista pertinencia clínica.
Creación de una Política Pública Nacional en Salud Mental.
No cobro de copagos y cuotas moderadoras para las atenciones en Salud Mental, sin importar el régimen al que pertenezca.
Documento elaborado por:
John Jairo Granda Arcila (Médico, Especialista en Auditoria en Salud, Diplomatura en Acreditación, Diplomatura formador verificación de habilitación, Auditor Interno de Calidad)
Cel. 3014313767