La Superintendencia Nacional de Salud da a conocer un proyecto modificatorio de la Circular 018 de 2015, la cual modificaría los grupos de clasificación de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPS. Así sería la nueva clasificación:
Grupo | Criterios |
B | IPS cuyo NIT es el mismo de alguna EAPB. |
C1 | IPS que no cumplen con las características del Grupo B, y,
· tienen Activos totales superiores a 2.725.557 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · tienen Ingresos totales superiores a 2.283.426 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · tienen Patrimonio total superior a 1.303.324 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · pertenecen al Grupo 1 de las NIIF (IPS Privada o Mixta), o, · están clasificadas como Nivel 3 de complejidad (IPS pública), o, · tienen habilitados más de 25 servicios de alta complejidad (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes), o, · tienen habilitados más de 60 servicios de complejidad media (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes), o, · tienen habilitados más de 43 servicios intramurales hospitalarios (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes). |
C2 | IPS que no cumplen con alguna de las características de los Grupo B y C1, y,
· tienen Activos totales superiores a 1.235.699 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · tienen Ingresos totales superiores a 1.136.628 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · tienen Patrimonio total superior a 621.694 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · tienen habilitados más de 12 servicios de alta complejidad (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes), o, · tienen habilitados más de 42 servicios de complejidad media (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes), o, · tienen habilitados más de 28 servicios intramurales hospitalarios (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes). |
Grupo | Criterios |
D1 | IPS que no cumplen con alguna de las características de los Grupo B, C1 y C2, y,
· tienen Activos totales superiores a 722.783 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · tienen Ingresos totales superiores a 695.267 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · tienen Patrimonio total superior a 385.747 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · están clasificadas como Nivel 2 de complejidad (IPS pública), o, · tienen habilitados más de 6 servicios de alta complejidad (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes), o, · tienen habilitados más de 33 servicios de complejidad media (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes), o, · tienen habilitados más de 20 servicios intramurales hospitalarios (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes). |
D2 | IPS que no cumplen con alguna de las características de los Grupo B, C1, C2 y D1, y,
· pertenecen al Grupo 2 de las NIIF (IPS Privada o Mixta), o, · tienen Activos totales superiores a 39.538 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · tienen Ingresos totales superiores a 47.676 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · tienen Patrimonio total superior a 20.050 UVT con corte a 31 de diciembre de la vigencia anterior, o, · tienen habilitados más de 2 servicios de alta complejidad (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes), o, · tienen habilitados más de 11 servicios de complejidad media (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes), o, · tienen habilitados más de 6 servicios intramurales hospitalarios (totalidad de servicios diferentes habilitados en todas las sedes). |
D3 | IPS que no cumplen con alguna de las características de los Grupos B, C1, C2, D1 y D2. |
Subgrupo | Criterios |
A | IPS que se encuentran clasificadas en alguno de los Grupos B, C1, C2, D1, D2 o D3, y,
· son único prestador en el municipio, tienen solo habilitados servicios en ese municipio, el departamento tiene menos de 19 IPS por cada 100.000 habitantes, y la distancia por carretera del municipio a la capital más cercana es superior a 109 km, o, · son único prestador en el municipio, tienen solo habilitados servicios en ese municipio, y la distancia por carretera del municipio a la capital más cercana es superior a 167 km, o, · son prestador con servicios habilitados en algún municipio sin acceso vial. |