Los Prestadores de Servicios de Salud día a día enfrentan situaciones en las cuales se presentan dudas acerca de cómo actuar, una de las más frecuentes puede ser, si desde lo legal se puede atender a un menor de edad en ausencia de los padres. Les comparto concepto del Ministerio de Salud donde se pronuncia al respecto.
Resumiendo el concepto podemos decirles: no es necesaria la presencia de un familiar o persona responsable durante la consulta del menor, sin embargo, SI es exigida en el momento de la realización de procedimientos, cirugías o ayudas diagnósticas que conlleven riesgos y donde debe darse información con claridad y obtener la firma del consentimiento informado.
Y la fomulacion de medicamentos? Los signos de alarma si el menor empeora? Y las implicaciones legales? . En mi opinion es necesario un adulto este presente en la consulta a menos q el menor tenga 16agnos o edad legal. Asi es en varios paises del mundo. Incluyendo donde trabajo en el momento en Europa. Obviamente siempre se debe atender una emergencia mientras se contactan Los padres
Buenos días. Respetamos su concepto, quisimos compartir concepto del Ministerio enmarcado desde lo legal.