Los Prestadores de Servicios de Salud, ya no tendrán que realizar la renovación de habilitación cada año. Con la entrada en vigencia del Resolución 2242 de 2011, se amplía la vigencia a dos (2) años.
La habilitación podrá ser revocada en cualquier momento por parte de las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud, si se comprueba incumplimiento de los requisitos de habilitación.
Derogada por la Resolución 1352 de 2012 (ver Resolución 1352 de 2012)