La Superintendencia Nacional de Salud, mediante Circular 003 de 2019, establece directrices para los vigilados con respecto a la información a reportar en los sistemas de recepción, validación y cargue RVCC, durante el período agosto diciembre de 2019.
- Durante el período, las entidades vigiladas, no reportarán la información.
- Todos los vigilados deberán tener a disposición de la Supersalud, la información en los formatos y fechas establecidos por las diferentes Circulares o instrucciones vigentes.
- Los Representantes legales, Contadores y/o Revisores Fiscales, deben realizar verificaciones, revisiones, comparaciones, conciliaciones y demás acciones que sean pertinentes para asegurar la confiabilidad y suficiencia de la información que se consolide en caso de que la Superintendencia de Salud lo requiera.