Por medio de la Ley 1468, donde se modifican algunos artículos del Código Sustantivo del trabajo, se amplía la licencia de maternidad a 14 semanas.
Podemos resumir como aspectos relevantes de esta ley:
Ampliación de la licencia de maternidad en 2 semanas más.
Las garantías se hacen extensivas para las madres adoptantes.
Las licencias de maternidad para madres de niños prematuros, tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, las cuales se sumarán a las 14 semanas.
En caso de parto múltiple, la madre tendrá derecho a 16 semanas.
Si la madre fallece antes de terminar la licencia de maternidad, el empleador del padre del niño le concederá una licencia por los días que le quedaron faltando a madre para culminar la licencia de maternidad.
Las 2 semanas que se adicionan a la licencia de maternidad, podrán ser sacadas antes del parto, o una semana antes y otra posterior al parto.
Licencia de paternidad tendrá una duración de 8 días hábiles.
Mínimo una de las semanas debe ser sacada antes de la fecha probable del parto.